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Juez Federal Libera a 12 de 30 elementos de la Marina acusados por familiares de cuazitos del CDN/Z de desaparición forzada en Nuevo Laredo, Tamaulipas.


Un juez federal ordenó liberar a 12 de 30 marinos que permanecían en la Prisión Militar Número Uno, en la Ciudad de México, al considerar que no hay pruebas de su participación en el delito de desaparición forzada de personas.

Cabe recordar que los marinos denunciados ante la Fiscalía General de la República por la desaparición forzada en agravio de Noé Ignacio Alférez Hernández y de Jonathan Ballesteros Loza, en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

La FGR imputó a los marinos porque uno de los denunciantes aseguró que entre el 17 y 18 de febrero de 2018, “desaparecieron a las víctimas”, a la una de la mañana.

De acuerdo con lo que publica Milenio, el juez de amparo mencionó que todo lo dicho “fue por referencia de terceros”, que “no presenciaron ni les consta que elementos de las Fuerzas Armadas, como lo es la Marina, hayan sido quienes privaron la de libertad a las víctimas para desaparecerlas”.

Consideró también que el Ministerio Público debió aclarar ese dato al tener los medios legales a su alcance, “y no basarse en conjeturas ante el padrón vehicular existente en la Secretaría de Marina en Nuevo Laredo”.

Los marinos fueron amparados por el juez Octavo de Distrito en Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, porque “no se probó la existencia de dos testigos presenciales” que señalaron al personal naval como las personas que revisaron el vehículo de las víctimas tras un choque el 18 de febrero de 2018.

Tampoco “está precisado el tiempo” en que se dijo cometieron el presunto delito, indica.

La sentencia detalla: “…se considera que de los datos de pruebas consistentes en la denuncia, así como las diversas entrevistas relatadas en la audiencia de control, contrario a lo estimado por el juez responsable, son ineficaces para tener demostrado el hecho que la ley califica como delito de desaparición forzada de personas, pues bajo el test de racionalidad resultan inverosímiles, en virtud de que en los datos referenciados no se desprende indicio contundente que evidencie que efectivamente las víctimas hayan sido privadas de la libertad por elementos de la Secretaría de Marina.